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Sabemos de Alegra Panamá para MICRO-EMPRESAS


Para los efectos del presente Decreto, en aquellas ramas de actividad económica donde se establece la división de Pequeña y Gran Empresa, se considerarán Pequeñas, aquellos establecimientos que tengan diez (10) ó menos trabajadores. ( Ley Laboral Panameña, 2006).
En vista de lo antes citado, se considera que las MICROEMPRESAS panameñas, constan de 1-5 trabajadores.
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